Plazos en la Ley de Procedimiento Administrativo

Curso ley de Procedimiento Administrativo: Plazos en la Ley de Procedimiento Administrativo


En mi experiencia, he podido comprobar como es muy común confundir el cómputo de plazos en la ley 39/2015
 

Plazos en la Ley de Procedimiento Administrativo: Regla General


Veamos lo que dice la ley:
Plazos en la Ley de Procedimiento Administrativo
Está claro, las reglas son:

  1. Cómputo de fecha a fecha.
  2. Desde el día siguiente a la notificación o publicación.
  3. Terminación del plazo en el ordinal de la notificación o publicación.

De este modo si el 18 de mayo me notifican una resolución y me conceden 1 mes para recurrir, podré hacerlo desde el 19 de mayo hasta el 18 de junio.
Así, se cumple el mes otorgado.
¿Pero que ocurre si hoy 18 de mayo presento una solicitud que tiene 3 meses para resolver?
¿Cuando termina el plazo?

  • a) El 18 de agosto
  • b) El 17 de agosto
  • c) El 16 de agosto
  • d) El 19 de agosto

Si seguimos la lógica anterior, la respuesta correcta sería el 18 de agosto, pero esto es incorrecto.
Sería más correcto decir, el 17 de agosto.

Plazos en la Ley de Procedimiento Administrativo: Reglas Especiales


¿Por qué esta diferencia entonces?
Lo primero que tenemos que plantearnos es a quién se le concede el plazo:

  1. A los interesados
  2. A la administración

Si el plazo es al interesado para que recurra, el planteamiento anterior es el correcto.
Computaremos de fecha a fecha desde el día siguiente a la notificación o publicación.
Pero si el plazo se le concede a la Administración, el día de presentación en el registro, computa para el plazo, puesto que ese mismo día podrían resolver.
En el ejemplo anterior, la respuesta es 17 de agosto, porque el 18 de mayo, hubo una presentación en registro, no hubo una notificación o publicación, por tanto no contamos desde el día siguiente.
El 18 de mayo computó para el plazo, y para determinar el fin del plazo debemos trasladar 3 meses más restando un ordinal para que el cómputo nos dé 3 meses exactos.
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